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Ayuntamientos y Diputación unidos por el agua
El Consorcio nace a principios de la década de los noventa como alternativa superadora de las dificultades e inconvenientes que puede comportar la limitación de la gestión de la gestión integral del agua dentro de un exclusivo término municipal, y por ser preceptivo según la Ley de Aguas de 1985 (actual artículo 89 del TRLA), que para el otorgamiento de una concesión para abastecimiento a varias poblaciones estas se hayan constituido en un Mancomunidad o Consorcio.
El Consorcio de Aguas del Huesna tiene transferidas por los municipios consorciados, las competencias en materia de gestión del ciclo integral del agua, por lo que lleva a cabo la coordinación de actuaciones, la definición de la política de inversiones, la aprobación de las tarifas, Ordenanzas y Reglamentos del Servicio, la intervención en los distintos expedientes administrativos tales como los de expropiación forzosa como entidad beneficiaria, la legalización de los vertidos, liquidaciones de cánones de regulación y vertidos, expedientes de responsabilidad patrimonial, defensa jurídica de los Ayuntamientos en los asuntos relacionados con el servicio (expedientes sancionadores y cánones de vertido de Confederación, expedientes sancionadores incoados por Medio Ambiente...), etc..
En octubre de 2007, ayuntamientos consorciados y Diputación de Sevilla deciden adquirir las participaciones sociales del socio privado en la hasta entonces empresa mixta de gestión, Aguas del Huesna, S.L., para convertirla en entidad pública propiedad cien por cien del Consorcio del Huesna.
Junta General
La Junta General es el órgano por el que se rige el Consorcio de Aguas del Huesna. Está compuesta por un miembro de cada ayuntamiento consorciado y un representante de la Diputación Provincial de Sevilla. Dispone entre sus competencias con capacidad para controlar y fiscalizar las cuentas, aprobar la plantilla, nombrar al secretario, interventor y tesorero; aprobar reglamentos y ordenanzas orgánicas; acordar el modo de gestión del servicio que se presta, delegar competencias; y confeccionar convenios de colaboración con otras administraciones. El Régimen de adopción de acuerdos se rige mediante el sistema de mayoría de votos, distribuidos por municipios a razón de unidad por millar de habitantes, computándose las fracciones por exceso. La Diputación siempre cuenta con un tercio del total de los votos de posible emisión. Asimismo, en caso de empate, el presidente tiene capacidad para dirimir la solución oportuna.
REPRESENTANTES DE LA JUNTA GENERAL DEL CONSORCIO DEL HUESNA
| Entidad/Cargo |
Representante |
| Alcolea del Río |
Carlos López Barrera |
| Almadén de la Plata |
Julián Cabana Linares |
| Brenes |
Marcelino Contreras Rodríguez |
| Las Cabezas |
Francisco José Toajas Mellado |
| Cantillana |
José Eduardo Reina Hidalgo |
| Carmona |
Antonio Cano Luis |
| Cañada Rosal |
José Losada Fernández |
| Constantina |
Mario Martínez Pérez |
| El Coronil |
Jerónimo Guerrero Jiménez |
| El Cuervo |
Juan Garrido Lugo |
| El Madroño |
Mª Josefa Rubiano Pérez |
| Los Molares |
José María Moreno Pérez |
| Lebrija |
David Pérez Hormigo |
| Los Palacios y Vfca. |
Antonio Maestre Acosta |
| El Pedroso |
Manuel Meléndez Domínguez |
| El Real de la Jara |
Carmelo Cubero Cascajosa |
| Tocina |
Juan de Dios Muñoz Díaz |
| Vva. Del Río y Minas |
María José Cervantes Medina |
| El Viso del Alcor |
Manuel Domínguez Jiménez |
| Utrera |
Francisco Jiménez Morales |
| Consorcio Huesna/ Presidente |
Fernando Rodríguez Villalobos |
| Consorcio Huesna/Secretario |
José Luis Rodríguez Rodríguez |
| Consorcio Huesna/ Interventor |
José Fernández Carmona |
| Consorcio Huesna/ Tesorero |
José Manuel Farfán Pérez |
Consejo Rector
El Consejo Rector es otro órgano de gestión del Consorcio de Aguas del Huesna que viene a sumarse a la Junta General. Se celebra cuando lo estima el presidente o la cuarta parte de sus miembros. Entre sus competencias se encuentra la gestión de la institución, las bases de organización, nombramiento de personal no atribuido a la Junta General, el ejercicio de acciones tanto administrativas como judiciales y la delegación de competencias en el presidente o vicepresidente. Este órgano se compone estatutariamente del presidente del Consorcio y un tercio de los miembros de la Junta General. El régimen de adopción de acuerdos está supeditado a la mayoría de votos, teniendo cada miembro uno y la Diputación provincial un tercio del total.
Asimismo, al igual que en la Junta General, será el presidente de la institución quien tenga potestad para dirimir en caso de empate. En cuanto a la asistencia de los componentes, en primera convocatoria el quorum de asistencia se alcanza con la mayoría del número legal de miembros, el presidente y el secretario. En segunda convocatoria y 30 minutos después de la hora fijada, el quorum se completa con 3 miembros, presidente y secretario.
REPRESENTANTES DEL CONSEJO RECTOR DEL CONSORCIO DEL HUESNA
| Entidad/Cargo |
Representante |
| Alcolea del Río |
Carlos López Barrera |
| Las Cabezas |
Francisco José Toajas Mellado |
| El Cuervo |
Juan Garrido Lugo |
| El Viso del Alcor |
Manuel Domínguez Jiménez |
| Presidente |
Fernando Rodríguez Villalobos |
| Secretario |
José Luis Rodríguez Rodríguez |
| Interventor |
José Fernández Carmona |
| Tesorero |
José Manuel Farfán Pérez |
El Presidente
El presidente del Consorcio de Aguas del Huesna tiene delegadas todas sus competencias en el vicepresidente de la entidad, con carácter temporal y cuenta entre sus funciones con:
- Presidir las reuniones de la Junta general y del Consejo Rector, órganos gestores de la entidad.
- Hacer cumplir los acuerdos de la Junta General y del Consejo Rector.
- Dirigir e inspeccionar los servicios y actividades del Consorcio.
- Representar legalmente al Consorcio en los actos, convenios y contratos en que éste intervenga, así como ante toda clase de entidades, personas públicas o privadas, autoridades, juzgados y tribunales, confiriendo los mandatos y apoderamientos que sean necesarios. Velar por el exacto cumplimiento de los preceptos de los Estatutos, de los acuerdos adoptados por Junta General.
- Ejercer las acciones judiciales y administrativas precisas para la defensa de los derechos del Consorcio, dando cuenta a la Junta General.
- Ordenar la convocatoria de las sesiones de la Junta General, fijar el orden del día, presidirlas y dirigir las deliberaciones.
- Autorizar y disponer los gastos corrientes incluidos en el Presupuesto hasta el límite máximo que se determine en las Bases de Ejecución del Presupuesto en cada ejercicio.
- Ordenar la incoación de expedientes de responsabilidad o disciplinarios al personal que preste sus servicios en el Consorcio, e imponer las sanciones a que hubiere lugar, salvo las de cese, que corresponderán al Consejo Rector.
- Autorizar, con su visto bueno, las actas de las reuniones, las certificaciones y las cuentas e inventarios de bienes.
- Aprobar la liquidación del Presupuesto y la incorporación de remanentes.
- Inspeccionar los servicios encomendados a la empresa de gestión Aguas del Huesna, S.L.
(Ver saluda)
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